Civil Rights Policies and Procedures
Community Development Institute is committed to a policy of non-discrimination in the conduct of its business, including meeting its responsibilities under opens in a new windowTitle VI of the Civil Rights Act, the Americans with Disabilities Act, and other federal and state laws, and to the delivery of equitable and accessible services.
It is the policy of the CDI to ensure full compliance with federal nondiscrimination laws in all programs and activities. CDI will not discriminate on the basis of race, color, national origin, religion, ancestry, ethnic group identification, creed, sex (including actual or perceived sexual orientation or gender identity), disability, mental disability, physical disability, medical condition, genetic information, marital status, veteran’s status, or age in any CDI programs, services, or activities.
It is unlawful for CDI programs, lessees, tenants, and contractors to discriminate against any person because of race, color, religion, ancestry, ethnic group identification, national origin, creed, disability, mental disability, physical disability, medical condition, genetic information, marital status, age, or sex (including actual or perceived sexual orientation or gender identity) in their public services, activities and employment opportunities.
For more information, to request language assistance, or to file a complaint about discrimination or retaliation, contact:
Lauri Gravelin, Civil Rights Compliance Coordinator
10065 E. Harvard Ave., Ste. 700
Denver, CO 80231
(720) 747-5100opens phone dialer
[email protected]create new email
Title VI of the Civil Rights Act of 1964 prohibits discrimination on the basis of race, color, and national origin in programs and activities receiving federal financial assistance. The Americans with Disabilities Act (ADA) and Section 504 of the Rehabilitation Act prohibit discrimination on the basis of disability by state or local government agencies and recipients of federal financial assistance. Discrimination includes, but is not limited to, excluding an individual from participation in or denying an individual the benefits of any program or activity receiving Federal financial assistance due to the individual’s race, color, national origin, including limited English proficiency, sex, age or disability and further included intimidation and retaliatory conduct. CDI does not exclude, deny benefits to, or otherwise discriminate against any person on the grounds of race, color, national origin, sex, age, or disability, whether carried out by CDI directly, through a contractor, or any other entity with whom CDI arranges to carry out its programs and activities. This Complaint and Compliance Review procedure is established so that anyone who believes he or she has been subjected to discrimination in the receipt of benefits and/or services from CDI on the grounds of race, color, national origin, sex or age, or has been subjected to intimidation or retaliation because he or she has exercised a right to participate in or opposed actions protected by 40 C.F.R. Parts 5 and 7, or for the purpose of interfering with such rights, may file a complaint following the outline below. In addition, the Civil Rights Compliance Coordinator or designee may, on his or her own initiative, undertake compliance reviews to investigate compliance of CDI with Title VI, the ADA/Section 504, and other federal and state civil rights laws in the absence of a complaint on a periodic basis.
The complaint should be in writing and contain information about the complainant and the alleged discrimination such as: 1. The name, address, and phone number of complainant; 2. The name of CDI department and/or employee(s) against whom the complaint is filed; 3. The location, date, and description of the alleged violation; and 4. The signature of the complainant or his or her designee.
A complaint regarding discrimination in or language access to CDI services, programs and activities should be submitted by the complainant or his or her designee as soon as possible but no later than 180 calendar days after the alleged violation to: CDI Civil Rights Compliance Coordinator, (720) 747-5100opens phone dialer 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 [email protected]create new email
If a complaint is submitted directly to a CDI department, office, or staff member, CDI department, office, or staff member shall forward the complaint to the appropriate Coordinator within 5 calendar days. After receipt of the complaint: a. the Coordinator, or her or his designee, will make a determination of whether CDI has jurisdiction over the complaint, and send the complainant an acknowledgement letter informing her/him whether the complaint will be investigated; b. If the Coordinator finds jurisdiction, s/he will notify CDI department or agency that is the subject of the complaint and request a response to the complaint, and will begin an investigation. The investigation may include interviews of the complainant, CDI employees, contractors, subcontractors, subgrantees, and witnesses to the alleged discrimination, as well as review of any physical or written evidence. The Coordinator, or her or his designee, may attempt to conciliate and resolve the complaint through a mutually agreeable solution. Any informal resolution must be signed by both CDI department that is the subject of the complaint and the complainant. An appropriate, prompt, and impartial investigation of any allegations filed under Title VI or related federal non-discrimination statutes will be conducted. A preponderance of the evidence standard will be applied during the analysis of the complaint. When the Coordinator, or her or his designee, determines that a violation has occurred and an informal resolution is not reached, the Coordinator shall make a recommendation to CDI Chief Executive Officer, or his designee for remedial actions. CDI CEO, or his designee will accept, revise, or reject the Coordinator’s recommendations and order the complained-of CDI department to implement the accepted recommendations. The Coordinator will provide a written response to the complainant at the conclusion of the investigation.
The Coordinator will issue one of three letters: a. A closure letter summarizing the allegations and stating that there was not a violation and that the case will be closed; or b. A letter of resolution summarizing the allegations and describing the informal resolution mutually agreed to by the complainant and CDI or agency about which the complaint was submitted; or c. A letter of finding (LOF) summarizing the allegations and the investigation of the alleged complaint, and explaining any remedial actions to be taken by CDI.
If the response does not satisfactorily resolve the issue, the complainant has the right to file his or her complaint with the associated federal or state agency. The Civil Rights Coordinator shall maintain records of complaints received, informal resolutions and investigation findings. These procedures do not deny the right of the complainant to file a complaint with state or federal agencies, or to seek private counsel for complaints alleging discrimination, intimidation, or retaliation of any kind that is prohibited by law.
Community Development Institute is committed to a policy of non-discrimination in the conduct of its business, including meeting its responsibilities under Title VI of the Civil Rights Act, the Americans with Disabilities Act, and other federal and state laws, and to the delivery of equitable and accessible services.
Discrimination Complaint and Compliance/Review Grievance Procedure
Title VI of the Civil Rights Act of 1964 prohibits discrimination on the basis of race, color, and national origin in programs and activities receiving federal financial assistance. The Americans with Disabilities Act (ADA) and Section 504 of the Rehabilitation Act prohibit discrimination on the basis of disability by state or local government agencies and recipients of federal financial assistance. Discrimination includes, but is not limited to, excluding an individual from participation in or denying an individual the benefits of any program or activity receiving Federal financial assistance due to the individual’s race, color, national origin, including limited English proficiency, sex, age or disability and further included intimidation and retaliatory conduct. CDI does not exclude, deny benefits to, or otherwise discriminate against any person on the grounds of race, color, national origin, sex, age, or disability, whether carried out by CDI directly, through a contractor, or any other entity with whom CDI arranges to carry out its programs and activities. This Complaint and Compliance Review procedure is established so that anyone who believes he or she has been subjected to discrimination in the receipt of benefits and/or services from CDI on the grounds of race, color, national origin, sex or age, or has been subjected to intimidation or retaliation because he or she has exercised a right to participate in or opposed actions protected by 40 C.F.R. Parts 5 and 7, or for the purpose of interfering with such rights, may file a complaint following the outline below. In addition, the Civil Rights Compliance Coordinator or designee may, on his or her own initiative, undertake compliance reviews to investigate compliance of CDI with Title VI, the ADA/Section 504, and other federal and state civil rights laws in the absence of a complaint on a periodic basis.
The complaint should be in writing and contain information about the complainant and the alleged discrimination such as:
1. The name, address, and phone number of complainant;
2. The name of CDI department and/or employee(s) against whom the complaint is filed;
3. The location, date, and description of the alleged violation; and
4. The signature of the complainant or his or her designee.
A complaint regarding discrimination in or language access to CDI services, programs and activities should be submitted by the complainant or his or her designee as soon as possible but no later than 180 calendar days after the alleged violation to:
CDI Civil Rights Compliance Coordinator, (720) 747-5100opens phone dialer 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 [email protected]create new email
If a complaint is submitted directly to a CDI department, office, or staff member, CDI department, office, or staff member shall forward the complaint to the appropriate Coordinator within 5 calendar days. After receipt of the complaint:
a. the Coordinator, or her or his designee, will make a determination of whether CDI has jurisdiction over the complaint, and send the complainant an acknowledgement letter informing her/him whether the complaint will be investigated;
b. If the Coordinator finds jurisdiction, s/he will notify CDI department or agency that is the subject of the complaint and request a response to the complaint, and will begin an investigation. The investigation may include interviews of the complainant, CDI employees, contractors, subcontractors, subgrantees, and witnesses to the alleged discrimination, as well as review of any physical or written evidence. The Coordinator, or her or his designee, may attempt to conciliate and resolve the complaint through a mutually agreeable solution. Any informal resolution must be signed by both CDI department that is the subject of the complaint and the complainant. An appropriate, prompt, and impartial investigation of any allegations filed under Title VI or related federal non-discrimination statutes will be conducted. A preponderance of the evidence standard will be applied during the analysis of the complaint. When the Coordinator, or her or his designee, determines that a violation has occurred and an informal resolution is not reached, the Coordinator shall make a recommendation to CDI Chief Executive Officer, or his designee for remedial actions. CDI CEO, or his designee will accept, revise, or reject the Coordinator’s recommendations and order the complained-of CDI department to implement the accepted recommendations. The Coordinator will provide a written response to the complainant at the conclusion of the investigation.
The Coordinator will issue one of three letters:
a. A closure letter summarizing the allegations and stating that there was not a violation and that the case will be closed; or
b. A letter of resolution summarizing the allegations and describing the informal resolution mutually agreed to by the complainant and CDI or agency about which the complaint was submitted; or
c. A letter of finding (LOF) summarizing the allegations and the investigation of the alleged complaint, and explaining any remedial actions to be taken by CDI.
If the response does not satisfactorily resolve the issue, the complainant has the right to file his or her complaint with the associated federal or state agency. The Civil Rights Coordinator shall maintain records of complaints received, informal resolutions and investigation findings. These procedures do not deny the right of the complainant to file a complaint with state or federal agencies, or to seek private counsel for complaints alleging discrimination, intimidation, or retaliation of any kind that is prohibited by law.
Please click on the link below and fill the form. You can email it to [email protected]create new email
CDI is committed to providing individuals with disabilities the opportunity for full participation in its programs, services, and activities through its compliance with Section 504 of the Rehabilitation Act of 1973 and the Americans with Disabilities Act (ADA) of 1990, as amended by the ADA Amendments Act of 2008. CDI recognizes that individuals with disabilities may need accommodations or modifications to have equal opportunities to participate in or benefit from CDI’s programs, services and activities. Individuals with disabilities have a right to request accommodations, and individuals will receive accommodations appropriate to their needs in order to fully participate in or benefit from CDI’s services and activities in a non-discriminatory, integrated setting. It is CDI’s policy that no otherwise qualified individual with a disability will be denied access to or participation in any program, service, or activity offered by CDI. CDI will administer programs or activities in the most integrated setting appropriate to the needs of qualified individuals with disabilities.
DEFINITIONS
Disability — With respect to an individual, a physical or mental impairment that substantially limits one or more of the person’s major life activities; a history of such an impairment; or being regarded as having such an impairment.
Discrimination — The unfavorable treatment or consideration of, or making a distinction in favor of or against, a person based on the group, class, or category to which that person belongs rather than on individual merit.
Individual with a Disability or Persons with Disabilities — A person who (with or without accommodations) meets the essential eligibility requirements for participating in CDI’s programs, services, and activities.
Accommodation — Any reasonable modifications to rules, policies, or practices; environmental adjustments; or auxiliary aids and services that allow an individual with a disability to enjoy equal access to the benefits of a service, program, or activity available to others. Examples of accommodations include, but are not limited to: scribe, interpreter, environment free of distractions, material in Braille, tapes, and computer-assisted instruction.
ENSURING ACCESS
This webpage outlines CDI’s process of ensuring access to persons with disabilities, training CDI staff members, notifying persons with disabilities of available services, and the availability of complaint procedures. Coordinating Access In order to quickly and uniformly address access issues, CDI has appointed a “Civil Rights Coordinator” who shall serve as the official CDI disability access coordinator and work legal counsel and other staff members tasked with monitoring and addressing disability assistance needs. For questions, concerns, complaints, or requests regarding disability-related accommodations, please contact:
CDI Civil Rights Compliance Corrdinator, 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 (720) 747-5100opens phone dialer [[email protected]]create new email
Any CDI employee who observes a need for disability assistance services shall immediately contact the Civil Rights Coordinator who will be tasked with taking any appropriate and reasonable action to ensure effective communication and/or an equal opportunity to participate fully in the benefits, activities, programs and services provided by CDI. The Non-Discrimination Coordinator will coordinate CDI’s efforts to comply with Section 504 and the ADA, including ensuring the following: • Adoption of procedures for disclosure of disabling conditions and requests for accommodations; • Adopt of procedures for maintaining personal information in a manner that protects the privacy and independence of the individual; • Adoption of procedures for providing accommodations; • Maintenance of data on the nature and extent of the services provided to individuals with disabilities; • Provision of accommodations to allow individuals with disabilities to participate in or benefit from CDI and its programs, services, and activities in the most integrated setting appropriate; • Utilization of grievance procedures that provide prompt and equitable resolution of complaints alleging any action that would violate Title II of the ADA or Section 504; • Provision of services that are required to comply with ADA and Section 504 free of charge. • Provision of periodic training for faculty and staff to develop their awareness and understanding of the needs of individuals with disabilities and legal compliance issues. Accommodations With regard to the provision of reasonable accommodations: • No participant with a disability in a CDI program, service, or activity will be denied the benefits of, be excluded from participation in, or be otherwise discriminated against in the provision of services available to all individuals in general. • Each individual is responsible for making requests regarding accommodations to meet his or her particular needs in order to enable CDI to provide an appropriate response to the accommodation request. • All accommodations available to provide access to CDI programs, services, and activities need not be on hand or present at all times. • Accommodations that fundamentally alter the nature of the program, service, or activity; require waiver of essential program or licensure requirements; violate accreditation requirements; pose a direct threat to the health or safety of others; or pose an undue fiscal or administrative burden on CDI are not required. • In determining appropriate accommodations, CDI gives consideration to the wishes of the individual, and in certain appropriate circumstances, for example, the documentation provided and institutional expertise in working with individuals with disabilities. • CDI will not require an individual with a disability to accept an accommodation, aid, service, opportunity, or benefit under any circumstances.
DISABILITY ASSISTANCE MEASURES
In order to facilitate effective and meaningful communication and equal participation, CDI has identified methods and resources that shall be utilized. The following methods and resources will aid CDI in providing meaningful access to all individuals: • Upon request, CDI will provide, at no cost, accommodations necessary to ensure effective communication and equal participation. • CDI will ensure that its existing facilities are physically accessible for individuals with disabilities. CDI will also ensure that evacuation procedures for existing facilities account for individuals with disabilities. • CDI will ensure that future facilities and facility improvements are constructed in a manner to allow accessibility by persons with disabilities. Alterations to existing facilities shall, to the maximum extent feasible, be designed in a manner to allow accessibility by persons with disabilities. • CDI will engage in interactive, courteous dialogue with individuals making a request for accommodation. • CDI will maintain data on the nature and extent of the services provided to individuals with disabilities in an effort to develop better service strategies. • CDI will utilize local and community programs that offer services for persons with disabilities.
STAFF TRAINING
All CDI staff will be notified of the availability of this document on CDI’s website, provided a copy of this document, and educated on the procedures and services available under this document. The information contained herein will serve as an integral part of the CDI staff orientation process for all newly hired employees, and it will be integrated into periodic overviews during staff meetings. Current CDI staff will receive training on the requirements set forth by this document during group workshop sessions. Both new employee and current CDI employee training will cover the following topics: • General overview of Section 504 of the Rehabilitation Act of 1973 and the Americans with Disabilities Act (ADA) of 1990, as amended by the ADA Amendments Act of 2008.; • CDI responsibilities to persons with disabilities; • Disability assistance services offered by CDI; • Procedures for providing assistance to persons with disabilities; • Documentation of requests for disabilities assistance; and • Procedures for handling complaints regarding disability assistance.
PROVIDING NOTICE OF AVAILABLE SERVICES TO PERSONS WITH DISABILITIES
CDI will take reasonable steps to ensure persons with disabilities are aware of available services, including the following: • A notice detailing the availability of disability assistance will be posted in the CDI reception area and in other public places. • A notice detailing the availability of disability assistance will be posted online at this link.
COMPLAINTS
Any individual seeking to file a complaint may contact the CDI Civil Rights Coordinator if they feel they have been denied any benefits established by this document. CDI will investigate every complaint pursuant to its official complaint procedures, which can be found at this link .
To file a complaint, please contact the Civil Rights Coordinator, 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231, (720) 747-5100opens phone dialer [[email protected]]create new email CDI and any of its agents will not coerce, intimidate, retaliate against, or discriminate against any individual for exercising a right under the ADA or Section 504, or for assisting another to exercise a right under the ADA or Section 504. This program and policy applies to all CDI subrecipients, agents, and contractors.
RESPONSIBLE PERSON(S)
All CDI staff.
EFFECTIVE DATE
Immediately upon issuance.
Policy Clarification and Procedures
CDI will take reasonable steps to ensure that persons with Limited English Proficiency (LEP) have meaningful access and an equal opportunity to participate in our services, activities, programs, and other benefits. The policy of CDI is to ensure meaningful communication with LEP clients and their authorized representatives. All interpreters, translators and other aids needed to comply with this policy shall be provided without cost to the person being served, clients, and their families will be informed of the availability of such assistance free of charge.
Language assistance will be provided through use of competent bilingual staff, staff interpreters, contracts or formal arrangements with local organizations providing interpretation or translation services, or technology and telephonic interpretation services. All staff will be provided notice of this policy and procedure, and staff that may have direct contact with LEP individuals will be trained in effective communication techniques, including the effective use of an interpreter.
CDI will conduct a regular review of the language access needs of the population served via assistance of EPA funding, as well as update and monitor the implementation of this policy and these procedures, as necessary.
Procedures
1. IDENTIFYING LEP PERSONS AND THEIR LANGUAGE
CDI will promptly identify the language and communication needs of the LEP person. If necessary, staff will use a language identification card (or “I speak cards,” available online at www.lep.gov) or posters to determine the language. In addition, when records are kept of past interactions with staff or clients, the language used to communicate with the LEP person will be included as part of the record.
2. OBTAINING A QUALIFIED INTERPRETER
CDI has designated a Civil Rights Coordinator who is responsible for:
(a) Maintaining an accurate and current list showing the name, language, phone number and hours of availability of bilingual staff.
(b) Contacting the appropriate bilingual staff member to interpret, in the event that an interpreter is needed, if an employee who speaks the needed language is available and is qualified to interpret.
(c) Obtaining an outside interpreter if a bilingual staff or staff interpreter is not available or does not speak the needed language.
The Interpreter Network by Spring Institute has agreed to provide qualified interpreter services. The agency’s telephone number is 303.831.4151, and the hours of availability are 8:30am – 5:00pm MT.
Some LEP persons may prefer or request to use a family member or friend as an interpreter. However, family members or friends of the LEP person will not be used as interpreters unless specifically requested by that individual and after the LEP person has understood that an offer of an interpreter at no charge to the person has been made by the facility. Such an offer and the response will be documented in the person’s file. If the LEP person chooses to use a family member or friend as an interpreter, issues of competency of interpretation, confidentiality, privacy, and conflict of interest will be considered. If the family member or friend is not competent or appropriate for any of these reasons, competent interpreter services will be provided to the LEP person.
3. PROVIDING WRITTEN TRANSLATIONS
(a) When translation of vital documents is needed, CDI will submit documents for translation into frequently encountered languages to our Operations Team. Original documents being submitted for translation will be in final, approved form with updated and accurate legal information.
(b) CDI will provide translation of other written materials, if needed, as well as written notice of the availability of translation, free of charge, for LEP individuals.
4. PROVIDING NOTICE TO LEP PERSONS
CDI will inform LEP persons of the availability of language assistance, free of charge, by providing written notice in languages LEP persons will understand. At a minimum, notices and signs will be posted and provided in CDI Denver office.
5. MONITORING LANGUAGE NEEDS AND IMPLEMENTATION
On an ongoing basis, CDI will assess changes in demographics, types of services or other needs that may require reevaluation of this policy and its procedures. In addition, CDI will regularly assess the efficacy of these procedures, including but not limited to mechanisms for securing interpreter services, equipment used for the delivery of language assistance, complaints filed by LEP persons, feedback from program participants.
Politicas Y Procedimientos De Derechos
Community Development Institute está comprometido con una política de no discriminación en el desarrollo de sus actividades, lo que comprende el cumplimiento de sus responsabilidades en virtud del Título VI de la Ley de Derechos Civiles, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y otras leyes federales y estatales, así como con la prestación de servicios equitativos y accesibles.
La política de CDI es garantizar el cumplimiento absoluto de las leyes federales de no discriminación en todos los programas y actividades. CDI no discriminará en función de la raza, el color, el origen nacional, la religión, la ascendencia, la identificación de grupo étnico, el credo, el sexo (incluida la orientación sexual o identidad de género real o percibida), la discapacidad, la discapacidad mental, la discapacidad física, la enfermedad, la información genética, el estado civil, la condición de ex combatiente o la edad en ningún programa, servicio ni actividad de CDI.
Es ilegal que los programas, arrendatarios, inquilinos y contratistas de CDI discriminen a cualquier persona por motivos de raza, color, religión, ascendencia, identificación de grupo étnico, origen nacional, credo, discapacidad, discapacidad mental, discapacidad física, enfermedad, información genética, estado civil, edad o sexo (incluida la orientación sexual o identidad de género real o percibida) en sus servicios públicos, actividades y oportunidades de empleo.
Para obtener más información, solicitar ayuda con el idioma o presentar una denuncia debido a discriminación o represalias, póngase en contacto con:
Lauri Gravelin, Civil Rights Compliance Coordinator
10065 E. Harvard Ave., Ste. 700
Denver, CO 80231
(720) 747-5100opens phone dialer
[email protected]create new email
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación en función de la raza, el color y el origen nacional en los programas y actividades que reciben ayuda económica federal. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación prohíbe la discriminación en función de la discapacidad por parte de organismos gubernamentales estatales o locales y los beneficiarios de ayuda económica federal. La discriminación comprende, entre otras cosas, la exclusión de una persona de la participación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal, o la denegación de sus beneficios, debido a la raza, el color, el origen nacional, incluida la competencia limitada en el idioma inglés, el sexo, la edad o la discapacidad de la persona, y también la intimidación y las represalias. CDI no excluye, deniega beneficios, ni discrimina de ninguna manera a ninguna persona debido a la raza, el color, el origen nacional, el sexo, la edad ni la discapacidad, ya sea si CDI lleva a cabo sus actividades y programas directamente, a través de un contratista o mediante cualquier otra entidad con la que CDI lo acuerde. Este procedimiento de denuncia y revisión del cumplimiento se establece para que cualquier persona que crea que ha sido objeto de discriminación a la hora de recibir beneficios o servicios de CDI debido a la raza, el color, el origen nacional, el sexo o la edad, o que haya sido objeto de intimidación o represalias por haber ejercido su derecho a participar o haberse opuesto a acciones protegidas según 40 C.F.R. partes 5 y 7, o con el propósito de interferir con tales derechos, pueda presentar una denuncia siguiendo las pautas a continuación. Además, el coordinador de cumplimiento de los derechos civiles o la persona designada puede, por iniciativa propia, llevar a cabo revisiones de cumplimiento para investigar el cumplimiento de CDI con respecto al Título VI, la ADA/artículo 504 y otras leyes federales y estatales de los derechos civiles en ausencia de una denuncia de forma periódica.
La denuncia debe hacerse por escrito e incluir información sobre el denunciante y la presunta discriminación, como por ejemplo: 1. El nombre, la dirección y el número de teléfono del denunciante; 2. El nombre del departamento o del empleado o empleados de CDI contra los que se presenta la denuncia; 3. El lugar, la fecha y la descripción de la presunta infracción; y 4. La firma del denunciante o de la persona que este designe.
El denunciante o la persona que este designe deberán presentar una denuncia relativa a la discriminación en los servicios, programas y actividades de CDI, o al acceso al idioma de estos, lo antes posible pero antes de los 180 días corridos después de la presunta infracción al coordinador de derechos civiles de CDI: CDI Civil Rights Compliance Coordinator, (720) 747-5100opens phone dialer 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 [email protected]create new email
Si se presenta una denuncia directamente a un departamento, oficina o empleado de CDI, el departamento, la oficina o el empleado de CDI deberán remitir la denuncia al coordinador correspondiente en el plazo de 5 días corridos. Después de recibir la denuncia: a. el coordinador, o la persona que este designe, determinará si CDI tiene competencia en relación con la denuncia, y enviará al denunciante una carta de acuse de recibo para informarle si la denuncia se investigará; b. si el coordinador determina que efectivamente tiene competencia, notificará al departamento o la agencia de CDI que sea objeto de la denuncia y solicitará que se responda a la misma, e iniciará una investigación. La investigación puede incluir entrevistas al denunciante, los empleados de CDI, los contratistas, los subcontratistas, los subconcesionarios y los testigos de la presunta discriminación, así como la revisión de todas las pruebas materiales o documentales. El coordinador, o la persona que este designe, pueden intentar conciliar y resolver la denuncia mediante una solución de mutuo acuerdo. Todas las resoluciones informales deben ser firmadas, tanto por el departamento de CDI que es objeto de la denuncia, como por el denunciante. Se llevará a cabo una investigación adecuada, rápida e imparcial de cualquier acusación presentada en virtud del Título VI o de las leyes parlamentarias federales de no discriminación relacionadas. Durante el análisis de la denuncia se aplicará el criterio de preponderancia de las pruebas. Cuando el coordinador, o la persona que este designe, determine que se ha cometido una infracción y no se llegue a una resolución informal, el coordinador presentará una recomendación al director general de CDI, o a la persona que este designe, para que se tomen medidas correctivas. El director general de CDI, o la persona que este designe, aceptará, modificará o desestimará las recomendaciones del coordinador y ordenará al departamento de CDI denunciado que ponga en práctica las recomendaciones aceptadas. El coordinador proporcionará una respuesta por escrito al denunciante al finalizar la investigación.
El coordinador expedirá una de estas tres cartas: a. Una carta de cierre que resuma las acusaciones y declare que no hubo infracción y que el caso se cerrará; o b. Una carta de resolución que resuma las acusaciones y describa la resolución informal acordada mutuamente por el denunciante y CDI o la agencia sobre la que se presentó la denuncia; o c. Una carta de conclusiones (letter of finding, LOF) que resuma las acusaciones y la investigación de la presunta denuncia, y que explique las medidas correctivas que deberá tomar CDI.
Si la respuesta no resuelve satisfactoriamente el problema, el demandante tiene derecho a presentar su denuncia ante el organismo federal o estatal relacionado. El coordinador de derechos civiles debe mantener registros de las denuncias recibidas, las resoluciones informales y las conclusiones de la investigación. Estos procedimientos no niegan el derecho del denunciante a presentar una denuncia ante los organismos estatales o federales, ni de buscar un abogado privado para las denuncias que aleguen discriminación, intimidación o represalias de cualquier tipo que estén prohibidas por la ley.
Community Development Institute está comprometido con una política de no discriminación en el desarrollo de sus actividades, lo que comprende el cumplimiento de sus responsabilidades en virtud del Título VI de la Ley de Derechos Civiles, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y otras leyes federales y estatales, así como con la prestación de servicios equitativos y accesibles.
Procedimiento de denuncia por discriminación y queja de cumplimiento/revisión
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación en función de la raza, el color y el origen nacional en los programas y actividades que reciben ayuda económica federal. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación prohíbe la discriminación en función de la discapacidad por parte de organismos gubernamentales estatales o locales y los beneficiarios de ayuda económica federal. La discriminación comprende, entre otras cosas, la exclusión de una persona de la participación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal, o la denegación de sus beneficios, debido a la raza, el color, el origen nacional, incluida la competencia limitada en el idioma inglés, el sexo, la edad o la discapacidad de la persona, y también la intimidación y las represalias. CDI no excluye, deniega beneficios, ni discrimina de ninguna manera a ninguna persona debido a la raza, el color, el origen nacional, el sexo, la edad ni la discapacidad, ya sea si CDI lleva a cabo sus actividades y programas directamente, a través de un contratista o mediante cualquier otra entidad con la que CDI lo acuerde. Este procedimiento de denuncia y revisión del cumplimiento se establece para que cualquier persona que crea que ha sido objeto de discriminación a la hora de recibir beneficios o servicios de CDI debido a la raza, el color, el origen nacional, el sexo o la edad, o que haya sido objeto de intimidación o represalias por haber ejercido su derecho a participar o haberse opuesto a acciones protegidas según 40 C.F.R. partes 5 y 7, o con el propósito de interferir con tales derechos, pueda presentar una denuncia siguiendo las pautas a continuación. Además, el coordinador de cumplimiento de los derechos civiles o la persona designada puede, por iniciativa propia, llevar a cabo revisiones de cumplimiento para investigar el cumplimiento de CDI con respecto al Título VI, la ADA/artículo 504 y otras leyes federales y estatales de los derechos civiles en ausencia de una denuncia de forma periódica.
La denuncia debe hacerse por escrito e incluir información sobre el denunciante y la presunta discriminación, como por ejemplo:
1. El nombre, la dirección y el número de teléfono del denunciante;
2. El nombre del departamento o del empleado o empleados de CDI contra los que se presenta la denuncia;
3. . El lugar, la fecha y la descripción de la presunta infracción; y
4. La firma del denunciante o de la persona que este designe.
El denunciante o la persona que este designe deberán presentar una denuncia relativa a la discriminación en los servicios, programas y actividades de CDI, o al acceso al idioma de estos, lo antes posible pero antes de los 180 días corridos después de la presunta infracción a:
CDI Civil Rights Compliance Coordinator, (720) 747-5100opens phone dialer 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 [email protected]create new email
Si se presenta una denuncia directamente a un departamento, oficina o empleado de CDI, el departamento, la oficina o el empleado de CDI deberán remitir la denuncia al coordinador correspondiente en el plazo de 5 días corridos. Después de recibir la denuncia:
a. El coordinador, o la persona que este designe determinará si CDI tiene competencia en relación con la denuncia, y enviará al denunciante una carta de acuse de recibo para informarle si la denuncia se investigará;
b. Si el coordinador determina que tiene competencia, notificará al departamento u organismo de CDI que sea objeto de la denuncia y solicitará que se responda a la misma, e iniciará una investigación. La investigación puede incluir entrevistas al denunciante, los empleados de CDI, los contratistas, los subcontratistas, los subconcesionarios y los testigos de la presunta discriminación, así como la revisión de todas las pruebas materiales o documentales. El coordinador, o la persona que este designe, pueden intentar conciliar y resolver la denuncia mediante una solución de mutuo acuerdo. Todas las resoluciones informales deben ser firmadas, tanto por el departamento de CDI que es objeto de la denuncia, como por el denunciante. Se llevará a cabo una investigación adecuada, rápida e imparcial de cualquier acusación presentada en virtud del Título VI o de las leyes parlamentarias federales de no discriminación relacionadas. Durante el análisis de la denuncia se aplicará el criterio de preponderancia de las pruebas. Cuando el coordinador, o la persona que este designe, determine que se ha cometido una infracción y no se llegue a una resolución informal, el coordinador presentará una recomendación al director general de CDI, o a la persona que este designe, para que se tomen medidas correctivas. El director general de CDI, o la persona que este designe, aceptará, modificará o desestimará las recomendaciones del coordinador y ordenará al departamento de CDI denunciado que ponga en práctica las recomendaciones aceptadas. El coordinador proporcionará una respuesta por escrito al denunciante al finalizar la investigación.
El coordinador expedirá una de estas tres cartas:
a. Una carta de cierre que resuma las acusaciones y declare que no hubo infracción y que el caso se cerrará; o
b. Una carta de resolución que resuma las acusaciones y describa la resolución informal acordada mutuamente por el demandante y CDI o la agencia sobre la que se presentó la denuncia; o
c. Una carta de conclusiones (letter of finding, LOF) que resuma las acusaciones y la investigación de la presunta denuncia, y que explique las medidas correctivas que deberá tomar CDI.
Si la respuesta no resuelve satisfactoriamente el problema, el demandante tiene derecho a presentar su denuncia ante el organismo federal o estatal relacionado. El coordinador de derechos civiles debe mantener registros de las denuncias recibidas, las resoluciones informales y las conclusiones de la investigación. Estos procedimientos no niegan el derecho del denunciante a presentar una denuncia ante los organismos estatales o federales, ni de buscar un abogado privado para las denuncias que aleguen discriminación, intimidación o represalias de cualquier tipo que estén prohibidas por la le
Community Development Institute está comprometido con una política de no discriminación en el desarrollo de sus actividades, lo que comprende el cumplimiento de sus responsabilidades en virtud del Título VI de la Ley de Derechos Civiles, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y otras leyes federales y estatales, así como con la prestación de servicios equitativos y accesibles.
La política de CDI es garantizar el cumplimiento absoluto de las leyes federales de no discriminación en todos los programas y actividades. CDI no discriminará en función de la raza, el color, el origen nacional, la religión, la ascendencia, la identificación de grupo étnico, el credo, el sexo (incluida la orientación sexual o identidad de género real o percibida), la discapacidad, la discapacidad mental, la discapacidad física, la enfermedad, la información genética, el estado civil, la condición de ex combatiente o la edad en ningún programa, servicio ni actividad de CDI.
Es ilegal que los programas, arrendatarios, inquilinos y contratistas de CDI discriminen a cualquier persona por motivos de raza, color, religión, ascendencia, identificación de grupo étnico, origen nacional, credo, discapacidad, discapacidad mental, discapacidad física, enfermedad, información genética, estado civil, edad o sexo (incluida la orientación sexual o identidad de género real o percibida) en sus servicios públicos, actividades y oportunidades de empleo.
Para obtener más información, solicitar ayuda con el idioma o presentar una denuncia debido a discriminación o represalias, póngase en contacto con:
Lauri Gravelin, Civil Rights Compliance Coordinator
10065 E. Harvard Ave., Ste. 700
Denver, CO 80231
(720) 747-5100opens phone dialer
[email protected]create new email
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación en función de la raza, el color y el origen nacional en los programas y actividades que reciben ayuda económica federal. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación prohíbe la discriminación en función de la discapacidad por parte de organismos gubernamentales estatales o locales y los beneficiarios de ayuda económica federal. La discriminación comprende, entre otras cosas, la exclusión de una persona de la participación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal, o la denegación de sus beneficios, debido a la raza, el color, el origen nacional, incluida la competencia limitada en el idioma inglés, el sexo, la edad o la discapacidad de la persona, y también la intimidación y las represalias. CDI no excluye, deniega beneficios, ni discrimina de ninguna manera a ninguna persona debido a la raza, el color, el origen nacional, el sexo, la edad ni la discapacidad, ya sea si CDI lleva a cabo sus actividades y programas directamente, a través de un contratista o mediante cualquier otra entidad con la que CDI lo acuerde. Este procedimiento de denuncia y revisión del cumplimiento se establece para que cualquier persona que crea que ha sido objeto de discriminación a la hora de recibir beneficios o servicios de CDI debido a la raza, el color, el origen nacional, el sexo o la edad, o que haya sido objeto de intimidación o represalias por haber ejercido su derecho a participar o haberse opuesto a acciones protegidas según 40 C.F.R. partes 5 y 7, o con el propósito de interferir con tales derechos, pueda presentar una denuncia siguiendo las pautas a continuación. Además, el coordinador de cumplimiento de los derechos civiles o la persona designada puede, por iniciativa propia, llevar a cabo revisiones de cumplimiento para investigar el cumplimiento de CDI con respecto al Título VI, la ADA/artículo 504 y otras leyes federales y estatales de los derechos civiles en ausencia de una denuncia de forma periódica.
La denuncia debe hacerse por escrito e incluir información sobre el denunciante y la presunta discriminación, como por ejemplo: 1. El nombre, la dirección y el número de teléfono del denunciante; 2. El nombre del departamento o del empleado o empleados de CDI contra los que se presenta la denuncia; 3. El lugar, la fecha y la descripción de la presunta infracción; y 4. La firma del denunciante o de la persona que este designe.
El denunciante o la persona que este designe deberán presentar una denuncia relativa a la discriminación en los servicios, programas y actividades de CDI, o al acceso al idioma de estos, lo antes posible pero antes de los 180 días corridos después de la presunta infracción al coordinador de derechos civiles de CDI: CDI Civil Rights Compliance Coordinator, (720) 747-5100opens phone dialer 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 [email protected]create new email
Si se presenta una denuncia directamente a un departamento, oficina o empleado de CDI, el departamento, la oficina o el empleado de CDI deberán remitir la denuncia al coordinador correspondiente en el plazo de 5 días corridos. Después de recibir la denuncia: a. el coordinador, o la persona que este designe, determinará si CDI tiene competencia en relación con la denuncia, y enviará al denunciante una carta de acuse de recibo para informarle si la denuncia se investigará; b. si el coordinador determina que efectivamente tiene competencia, notificará al departamento o la agencia de CDI que sea objeto de la denuncia y solicitará que se responda a la misma, e iniciará una investigación. La investigación puede incluir entrevistas al denunciante, los empleados de CDI, los contratistas, los subcontratistas, los subconcesionarios y los testigos de la presunta discriminación, así como la revisión de todas las pruebas materiales o documentales. El coordinador, o la persona que este designe, pueden intentar conciliar y resolver la denuncia mediante una solución de mutuo acuerdo. Todas las resoluciones informales deben ser firmadas, tanto por el departamento de CDI que es objeto de la denuncia, como por el denunciante. Se llevará a cabo una investigación adecuada, rápida e imparcial de cualquier acusación presentada en virtud del Título VI o de las leyes parlamentarias federales de no discriminación relacionadas. Durante el análisis de la denuncia se aplicará el criterio de preponderancia de las pruebas. Cuando el coordinador, o la persona que este designe, determine que se ha cometido una infracción y no se llegue a una resolución informal, el coordinador presentará una recomendación al director general de CDI, o a la persona que este designe, para que se tomen medidas correctivas. El director general de CDI, o la persona que este designe, aceptará, modificará o desestimará las recomendaciones del coordinador y ordenará al departamento de CDI denunciado que ponga en práctica las recomendaciones aceptadas. El coordinador proporcionará una respuesta por escrito al denunciante al finalizar la investigación.
El coordinador expedirá una de estas tres cartas: a. Una carta de cierre que resuma las acusaciones y declare que no hubo infracción y que el caso se cerrará; o b. Una carta de resolución que resuma las acusaciones y describa la resolución informal acordada mutuamente por el denunciante y CDI o la agencia sobre la que se presentó la denuncia; o c. Una carta de conclusiones (letter of finding, LOF) que resuma las acusaciones y la investigación de la presunta denuncia, y que explique las medidas correctivas que deberá tomar CDI.
Si la respuesta no resuelve satisfactoriamente el problema, el demandante tiene derecho a presentar su denuncia ante el organismo federal o estatal relacionado. El coordinador de derechos civiles debe mantener registros de las denuncias recibidas, las resoluciones informales y las conclusiones de la investigación. Estos procedimientos no niegan el derecho del denunciante a presentar una denuncia ante los organismos estatales o federales, ni de buscar un abogado privado para las denuncias que aleguen discriminación, intimidación o represalias de cualquier tipo que estén prohibidas por la ley.
Haga clic en el enlace siguiente y llene el formulario. Puede enviar un correo electrónico a [email protected]create new email
CDI se compromete a proporcionar a las personas con discapacidad la oportunidad de participar plenamente en sus programas, servicios y actividades mediante el cumplimiento del artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) de 1990, modificada por la Ley de Enmiendas de la ADA de 2008. CDI reconoce que las personas con discapacidad pueden necesitar adaptaciones o modificaciones para tener las mismas oportunidades de participar o beneficiarse de los programas, servicios y actividades de CDI. Las personas con discapacidad tienen derecho a solicitar adaptaciones y recibirán las adaptaciones adecuadas a sus necesidades para participar plenamente o beneficiarse de los servicios y actividades de CDI en un entorno integrado y no discriminatorio. La política de CDI es que a ninguna persona con discapacidad que cumpla con los requisitos necesarios se le negará el acceso o la participación en ningún programa, servicio o actividad ofrecida por CDI. CDI administrará los programas o actividades en el entorno más integrado y apropiado para las necesidades de las personas con discapacidad que cumplan con los requisitos.
DEFINICIONES
Discapacidad: con respecto a una persona, una deficiencia física o mental que limita sustancialmente una o más de las actividades principales de la vida de la persona; antecedentes de dicha deficiencia; o que se considere que tiene dicha deficiencia.
Discriminación: trato o consideración desfavorable, o hacer una distinción a favor o en contra de una persona en función del grupo, la clase o la categoría a la que pertenece, más que en el mérito individual.
Persona con una discapacidad o personas con discapacidad: una persona que (con o sin adaptaciones) cumple con los requisitos esenciales de elegibilidad para participar en los programas, servicios y actividades de CDI.
Adaptación: cualquier modificación razonable de las normas, políticas o prácticas; ajustes del entorno; o ayudas y servicios auxiliares que permitan a una persona con una discapacidad disfrutar de la igualdad de acceso a los beneficios de un servicio, programa o actividad disponible para los demás. Algunos ejemplos de adaptaciones son: un copista, un intérprete, un entorno sin distracciones, material en braille, cintas y enseñanza asistida por computadora.
GARANTIZAR EL ACCESO
Esta página web describe el proceso de CDI para garantizar el acceso a las personas con discapacidad, la capacitación de los miembros del personal de CDI, la notificación a las personas con discapacidad sobre los servicios disponibles y la disponibilidad de los procedimientos de denuncia. Coordinación del acceso: con el fin de abordar de forma rápida y uniforme los problemas de acceso, CDI ha designado un "coordinador de derechos civiles" que actuará como coordinador oficial de CDI para el acceso de los discapacitados y trabajará con el asesor jurídico y otros miembros del personal encargados de supervisar y abordar las necesidades de ayuda a los discapacitados. Si tiene preguntas, inquietudes, quejas o solicitudes sobre las adaptaciones relacionadas con discapacidades, póngase en contacto con:
CDI Civil Rights Compliance Coordinator, 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231 (720) 747-5100opens phone dialer [[email protected]create new email]
Cualquier empleado de CDI que advierta la necesidad de servicios de ayuda para personas con discapacidad deberá ponerse inmediatamente en contacto con el coordinador de derechos civiles, quien se encargará de tomar medidas pertinentes y razonables a fin de garantizar la comunicación eficaz y la igualdad de oportunidades para participar plenamente en los beneficios, actividades, programas y servicios que ofrece CDI. El coordinador de no discriminación coordinará los esfuerzos de CDI para cumplir con el artículo 504 y la ADA, entre lo que se incluye garantizar lo siguiente: • Adopción de procedimientos para divulgar las discapacidades y las solicitudes de adaptaciones; • Adopción de procedimientos para mantener la información personal de manera que se proteja la privacidad y la independencia de la persona; • Adopción de procedimientos para proporcionar adaptaciones; • Mantenimiento de datos sobre la naturaleza y el alcance de los servicios prestados a las personas con discapacidad; • Provisión de adaptaciones para permitir que las personas con discapacidad participen o se beneficien de CDI y de sus programas, servicios y actividades en el entorno más integrado posible; • Uso de procedimientos de denuncia que proporcionen una resolución rápida y equitativa de las denuncias que aleguen cualquier acción que infrinja el Título II de la ADA o el artículo 504; • Provisión de servicios que se requieran para cumplir con la ADA y el artículo 504 de forma gratuita. • Capacitación periódica para el personal docente y el resto del personal con el fin de que conozcan y comprendan las necesidades de las personas con discapacidad y las cuestiones de cumplimiento legal. Adaptaciones: Con respecto a la provisión de adaptaciones razonables: • A ningún participante con una discapacidad en un programa, servicio o actividad de CDI se le denegarán los beneficios, se le excluirá de la participación o se le discriminará de cualquier otra manera en la prestación de servicios disponibles para todas las personas en general. • Cada persona es responsable de solicitar adaptaciones para cumplir sus necesidades particulares a fin de que CDI pueda dar una respuesta adecuada a la solicitud de adaptación. • No es necesario que todas las adaptaciones disponibles para proporcionar acceso a los programas, servicios y actividades de CDI estén disponibles o presentes en todo momento. • No se requieren adaptaciones que cambien fundamentalmente la naturaleza del programa, servicio o actividad; que requieran la exención de requisitos esenciales del programa o de licencia; que infrinjan los requisitos de acreditación; que supongan una amenaza directa para la salud o la seguridad de otras personas; o que supongan una carga fiscal o administrativa indebida para CDI. • Para determinar las adaptaciones apropiadas, CDI tiene en cuenta los deseos de la persona y, en ciertas circunstancias pertinentes, por ejemplo, la documentación proporcionada y la experiencia institucional en el trabajo con personas con discapacidad. • CDI no exigirá a ninguna persona con una discapacidad que acepte una adaptación, ayuda, servicio, oportunidad o beneficio bajo ninguna circunstancia.
MEDIDAS DE AYUDA PARA LAS DISCAPACIDADES
A fin de facilitar una comunicación eficaz y provechosa y una participación equitativa, CDI ha identificado métodos y recursos que se deberán utilizar. Los siguientes métodos y recursos ayudarán a CDI a proporcionar acceso significativo a todas las personas: • Cuando se solicite, CDI proporcionará, sin costo alguno, las adaptaciones necesarias para garantizar una comunicación eficaz y una participación equitativa. • CDI se asegurará de que sus instalaciones existentes sean físicamente accesibles para las personas con discapacidad. CDI también se asegurará de que los procedimientos de evacuación de las instalaciones existentes tengan en cuenta a las personas con discapacidad. • CDI se asegurará de que las futuras instalaciones y sus mejoras se construyan de forma que permitan la accesibilidad de las personas con discapacidad. Las modificaciones de las instalaciones existentes se diseñarán, en la medida de lo posible, de forma que permitan la accesibilidad de las personas con discapacidad. • CDI entablará un diálogo interactivo y cortés con las personas que soliciten una adaptación. • CDI mantendrá información sobre la naturaleza y el alcance de los servicios prestados a las personas con discapacidad, en un esfuerzo por desarrollar mejores estrategias de servicio. • CDI utilizará programas locales y comunitarios que ofrezcan servicios para personas con discapacidad.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
Se notificará a todo el personal de CDI sobre la disponibilidad de este documento en el sitio web de CDI, se entregará una copia de este documento y se informará sobre los procedimientos y servicios disponibles en el marco de este documento. La información incluida en este documento será una parte integral del proceso de orientación del personal de CDI para todos los empleados recién contratados y se integrará en los resúmenes periódicos durante las reuniones del personal. El personal actual de CDI recibirá capacitación sobre los requisitos establecidos en este documento durante las sesiones de los talleres de grupo. Tanto la capacitación de los nuevos empleados como la de los empleados actuales de CDI abarcará los siguientes temas: • Visión general del artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) de 1990, modificada por la Ley de Enmiendas a la ADA de 2008; • Responsabilidades de CDI con respecto a las personas con discapacidades; • Servicios de ayuda a las personas con discapacidades ofrecidos por CDI; • Procedimientos para proporcionar ayuda a las personas con discapacidades; • Documentación de las solicitudes de ayuda para las personas con discapacidades; y • Procedimientos para manejar las denuncias relacionadas con la ayuda a las personas con discapacidades.
NOTIFICACIÓN DE SERVICIOS DISPONIBLES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CDI tomará medidas razonables para garantizar que las personas con discapacidad conozcan los servicios disponibles, entre las que se incluyen las siguientes: • En la zona de recepción de CDI y en otros lugares públicos se colocará un aviso en el que se detallará la disponibilidad de ayuda para personas con discapacidad. • En este enlace se publicará en línea un aviso en el que se informará de la disponibilidad de la ayuda para personas con discapacidad.
DENUNCIAS
Cualquier persona que desee presentar una denuncia puede ponerse en contacto con el coordinador de derechos civiles de CDI si considera que se le ha negado algún beneficio contemplado en este documento. CDI investigará todas las denuncias de acuerdo con sus procedimientos oficiales en materia de denuncias, que se pueden encontrar en este enlace..
Para presentar una denuncia, comuníquese con el coordinador de derechos civiles: Civil Rights Coordinator, 10065 E. Harvard Ave., Denver, CO 80231, (720) 747-5100opens phone dialer [[email protected]create new email] Ni CDI ni ninguno de sus representantes ejercerán coacción, intimidarán, tomarán represalias ni discriminarán a ninguna persona por hacer valer un derecho conforme a la ley ADA o al artículo 504, ni por ayudar a otra persona a hacer valer un derecho conforme a la ley ADA o al artículo 504. Este programa y esta política se aplican a todos los subreceptores, representantes y contratistas de CDI.
PERSONA(S) RESPONSABLE(S)
Todo el personal de CDI.
FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
Inmediatamente después de la emisión.
Aclaración de la política y los procedimientos
CDI tomará medidas razonables para garantizar que las personas con competencia limitada en inglés (limited English proficiency, LEP) tengan acceso pleno e igualdad de oportunidades para participar en nuestros servicios, actividades, programas y otros beneficios. La política de CDI es garantizar una comunicación provechosa con los usuarios con competencia limitada en inglés y sus representantes autorizados. Todos los intérpretes, traductores y otros medios de ayuda necesarios para cumplir con esta política se proporcionarán sin ningún costo a la persona que recibe el servicio, y se informará a los usuarios y a sus familias sobre la disponibilidad de dicha asistencia sin ningún costo.
La asistencia lingüística se prestará por medio de personal bilingüe competente, intérpretes de plantilla, contratos o acuerdos formales con organizaciones locales que presten servicios de interpretación o traducción, o tecnología y servicios de interpretación telefónica. Se informará a todo el personal sobre esta política y procedimiento, y se capacitará al personal que pueda tener contacto directo con personas con competencia limitada en inglés en técnicas de comunicación eficaces, que incluyen el uso adecuado de un intérprete.
CDI llevará a cabo una revisión periódica de las necesidades de acceso al idioma de la población a la que presta servicios mediante la ayuda de la financiación de la EPA, y también actualizará y supervisará la aplicación de esta política y estos procedimientos, según sea necesario.
PROCEDIMIENTOS
1. IDENTIFICAR A LAS PERSONAS CON COMPETENCIA LIMITADA EN INGLÉS (LEP) Y SU IDIOMA
CDI identificará sin demora las necesidades lingüísticas y de comunicación de la persona con competencia limitada en inglés. Si es necesario, el personal utilizará una tarjeta de identificación de idioma (o tarjetas "I speak card" [yo hablo]), disponibles en línea en www.lep.gov) o letreros para identificar el idioma. Además, cuando se lleven registros de interacciones anteriores con el personal o los clientes, el idioma que se utilizó para comunicarse con la persona con competencia limitada en inglés se incluirá como parte del registro.
2. OBTENER UN INTÉRPRETE CALIFICADO
CDI ha designado a un coordinador de derechos civiles que es responsable de:
(a) Mantener una lista precisa y actualizada con el nombre, el idioma, el número de teléfono y el horario de disponibilidad del personal bilingüe. (b) Ponerse en contacto con el empleado bilingüe adecuado para interpretar, en caso de que sea necesario un intérprete, si un empleado que habla el idioma en cuestión está disponible y capacitado para interpretar. (c) Conseguir un intérprete externo si un empleado bilingüe o un intérprete del personal no está disponible o no habla el idioma solicitado.
La Interpreter Netwok by Spring Institute se ha comprometido a proporcionar servicios de interpretación calificados. El número de teléfono de la agencia es (303) 831-4151opens phone dialer y el horario de disponibilidad es de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. MT (zona horaria de la montaña).
Algunas personas con competencia limitada en inglés podrían preferir o solicitar el uso de un familiar o amigo como intérprete. Sin embargo, no se recurrirá a familiares o amigos de la persona con competencia limitada en inglés como intérpretes, a menos que dicha persona lo solicite específicamente y después de que la persona con competencia limitada en inglés haya comprendido que el centro le ofrece un intérprete sin ningún costo. Dicha oferta y la respuesta se documentarán en el archivo de la persona. Si la persona con competencia limitada en inglés opta por utilizar a un familiar o amigo como intérprete, se tendrán en cuenta los aspectos relacionados con la competencia de la interpretación, la confidencialidad, la privacidad y el conflicto de intereses. Si el familiar o amigo no es competente o no es adecuado por alguna de estas razones, se ofrecerán a la persona con competencia limitada en inglés los servicios de un intérprete competente.
No se recurrirá a niños ni a otros usuarios para interpretar, a fin de garantizar la confidencialidad de la información y la exactitud de la comunicación.
3. FACILITAR TRADUCCIONES ESCRITAS
(a) Cuando sea necesaria la traducción de documentos vitales, CDI enviará los documentos a nuestro equipo de operaciones para traducirlos a los idiomas más frecuentes. Los documentos originales que se presenten para la traducción serán los definitivos, aprobados y con información legal actualizada y precisa.
(b) CDI proporcionará la traducción de otros materiales escritos, si es necesario, así como la notificación por escrito de la disponibilidad de la traducción, sin ningún costo, para las personas con competencia limitada en inglés.
4. INFORMAR A LAS PERSONAS CON COMPETENCIA LIMITADA EN INGLÉS (LEP)
CDI informará a las personas con competencia limitada en inglés de la disponibilidad de asistencia lingüística, sin ningún costo, mediante un aviso por escrito en los idiomas que las personas con competencia limitada en inglés entenderán. Como mínimo, se colocarán avisos y letreros en la oficina de CDI en Denver.
5. SUPERVISAR LAS NECESIDADES LINGÜÍSTICAS Y LA IMPLEMENTACIÓN
CDI evaluará continuamente los cambios demográficos, los tipos de servicios u otras necesidades que puedan exigir la reevaluación de esta política y sus procedimientos. Además, CDI evaluará regularmente la eficacia de estos procedimientos, que incluyen, entre otros, los mecanismos para garantizar los servicios de interpretación, el equipo que se utiliza para la prestación de asistencia lingüística, las denuncias que presenten las personas con competencia limitada en inglés y los comentarios de los participantes del programa.